Camiones

Cumplimiento de Normas, tarea pendiente

Un tema pendiente en la industria del Autotransporte es el relativo a las normas que lo rigen ya que, si bien existen algunas vigentes como son la de Pesos y Dimensiones, de Condiciones Físico-Mecánicas y de Emisiones Contaminantes, hacen falta esquemas más inteligentes para ejercerla y verificar su cumplimiento, consideran especialistas del sector.

No se requiere que el gobierno intente poner más básculas o formas de restringir y de medir, lo importante es la participación de las empresas y que éstas ayuden; por otro lado, la responsabilidad de ejercer una Norma, Reglamento o Ley es de las autoridades, coinciden.

Al respecto, el Artículo 38 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización indica que corresponde a las dependencias según su ámbito de competencia: II. “Expedir normas oficiales mexicanas en las materias relacionadas con sus atribuciones y determinar su fecha de entrada en vigor” y “V. Certificar, verificar e inspeccionar que los productos, procesos, métodos, instalaciones, servicios o actividades cumplan con las normas oficiales mexicanas”, tareas que se están cumpliendo a medias.

“La responsabilidad debe ser compartida y participativa, los transportistas hemos trabajado y propuesto autorregulación en algunas normas como la de pesos y dimensiones, las empresas deben certificarse y el gobierno en lugar de pescar camiones en las carreteras acudir a las instalaciones de éstas, revisarlas y asegurarse de que se cumplan los procesos impuestos y a la vez con las normas”, considera el vicepresidente de la Asociación Nacional del Transporte Privado, Alex Theissen.

En la actualidad, los vehículos nuevos que entren en circulación se tienen que ajustar a las normativas: NOM-044 de Emisiones Contaminantes, NOM-001 de Identificación Vehicular, NOM-079 de Emisiones de Ruido y NOM-012 de Pesos y Dimensiones.

Por otro lado están los camiones usados, importados de Estados Unidos principalmente, donde la tarea de cumplimiento de normas es mayor. Actualmente solo se sujetan a las normas NOM-068 referente a las condiciones físico mecánicas de los vehículos de carga y a la NOM-045 sobre los Límites máximos permisibles de opacidad, por lo que detener su entrada o regularla requiere de un mayor nivel de control.

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