Camiones

Vigente, Decreto para regular camiones en Jalisco

El 19 de noviembre fue publicado en el Periódico Oficial de Jalisco la Reforma el Decreto por el que se reforman los artículos 5, 43, 71, 174, 180 y 183 y se crean los artículos 71 Bis, 71 Ter, 71 Quarter y 174 Ter, de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, y entró en vigor al día siguiente, informó la Asociación Nacional de Transporte Privado (ANTP).

La reforma tiene como objeto regular la circulación del transporte de carga en las vías públicas de comunicación local, la entrada, salida y circulación intraurbana dentro de los límites territoriales establecidos en el mapa funcional y en los lineamientos que para tal efecto emita el Instituto cuando se trate del Área Metropolitana de Guadalajara.

Se incluye además la prohibición de los tractocamiones doblemente articulados dentro de la delimitación territorial establecida en el mapa funcional, en los horarios que los lineamientos establezcan.

Así también, se establece las sanciones administrativas en materia de movilidad y transporte específicamente lo relacionado al transporte de carga. Establece en sus transitorios:

  • PRIMERO: Que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial «El Estaco de Jalisco» (entró en vigor el 20 de noviembre).
  • SEGUNDO: El Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara deberá expedir a más tardar el 01 de diciembre de 2019 los lineamientos y el Mapa Funcional que determine los límites de circulación.
  • TERCERO: Las sanciones que se establecen en el art. 183 fracción VI, respecto al permiso señalado en los artículos 71 fracción IX y 71 Ter, entrará en vigor a partir del 1° de enero de 2020.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba